Que es una Hipoteca con Índice IRPH: ¿puedo reclamar?
El IRPH, cuyas siglas responden a Índice de Referencia de Préstamos Hipotecarios, es un tipo hipotecario creado en 1990 como “tipo medio de los préstamos hipotecarios a más de tres años, para adquisición de vivienda libre, concedidos por las entidades de crédito en España”.
Este índice, también conocido como TRH, es una media de los tipos de los préstamos formalizados de más de 3 años para la adquisición de vivienda libre en España. Esta media se obtiene de 3 índices diferentes: del resultado de las operaciones de los bancos, del de las cajas y de la media del sistema, siendo una media obtenida de los precios de mercado, a cliente final.
El IRPH es un índice que convivió en las últimas décadas con el archiconocido Euribor, que existe desde 1999 y que le ha ido quitando protagonismo poco a poco, y con el CECA o TARCA (Tipo Activo de referencia de las Cajas de Ahorro), índice ya casi extinto y solo presente en hipotecas muy antiguas.
En los últimos meses, este tipo de hipotecas han sido protagonistas en los medios de comunicación por las protestas de afectados por hipotecas con IRPH que han sido mal comercializadas, y que claman por sus derechos.
¿Y por qué reclaman?
Pues muy sencillo: al haber menos Cajas y Bancos, los que quedan tienen mucha mayor influencia a la hora de fijar el tipo impositivo, y de esta situación se han aprovechado estas entidades, incidiendo así directamente a las hipotecas de un buen número de clientes, que se sienten engañados y quieren reclamar.
En el año 2009, la Unión Europea instó al Gobierno español a retirar los índices IRPH de su curso oficial debido a su alto grado de manipulación por parte de la banca. Después de establecer un régimen transitorio y demoratorio, en noviembre de 2013 el gobierno español estableció que este índice dejase de ser oficial mediante la ley 14/2013 de apoyo a los emprendedores y su internacionalización, en su disposición adicional número 15.
Durante los meses previos a su desaparición, los bancos manipularon este índice al tener mayor influencia en él, dejando a muchas hipotecas perpetuadas a pagar cuotas calculadas en base a un índice establecido entre el 3,8% y el 4,2% porque la ley 14/2013 no estableció el Índice Euribor como sustituto, y por tanto estos índices tan altos comparados con el Euribor se quedaron fijados de forma inamovible y hasta la extinción de las hipotecas.
Si usted es uno de los afectados, ¿qué puede hacer?
Reclamar, por supuesto.
Y es que los afectados han empezado a organizarse y a conseguir las primeras victorias judiciales, existiendo dos precedentes que apoyan sus reclamaciones:
- La sentencia del juzgado mercantil número 10 de Barcelona, del 20 de abril de 2015, en la que el juez indica “Declaro nula por abusiva la cláusula tercera de la contratación (el IRPH)”. Este fallo condena a la entidad demandada a “eliminar dicho índice en el préstamo del cliente”, y exige a la entidad que recalcule las cuotas como si no existiera el IRPH y devuelva al cliente los intereses cobrados más los intereses de esas cantidades.
- El fallo al recurso que Kutxabank presentó ante la Audiencia Provincial de Álava tras una sentencia en primera instancia favorable al cliente de la entidad vasca. Una parte de este fallo apela a disposiciones de la Unión Europea sobre protección del consumidor argumentando que “los jueces nacionales están obligados a dejar sin aplicación la cláusula contractual abusiva a fin de que no produzca efectos vinculantes para el consumidor, sin estar facultados para modificar el contenido de la misma".
Por todo ello, si usted es uno de los afectados por estos tipos de hipoteca, debe saber que puede reclamar poniendo su caso en manos de profesionales jurídicos. Con el soporte de BFP Abogados, su caso puede ser defendido en los tribunales y podrá recuperar su dinero, haciendo que sus derechos prevalezcan.

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