Sentencia. Supuesto Delito de Abandono de Familia

Estimados amigos,

En el presente caso, nos complace compartir con vosotros una Sentencia absolutoria de nuestro cliente, el cual había sido injustamente denunciado por su ex pareja por un supuesto Delito de Abandono de Familia, al no haber afrontado durante unos meses los pagos de la pensión de alimentos del hijo común establecida por Sentencia de Guarda y Custodia.

Pues bien, se trata de un caso en que tras el procedimiento de Guarda y Custodia se estableció por Sentencia la obligación de nuestro cliente del pago de una pensión de alimentos en favor de su hijo en una cuantía mensual de 200€.

No obstante, nuestro cliente, tras quedarse sin trabajo y sin percibir ninguna prestación por desempleo, más allá de una ayuda de 426€, no pudo durante los meses de abril a noviembre de 2016 hacer frente al pago de dicha pensión.

El Juez de lo Penal absolvió a nuestro cliente del delito de abandono de familia en su modalidad de impago de pensiones por el que había sido acusado tras la denuncia de su ex pareja, por entender que no se cumplían los requisitos para la existencia de dicho delito, que son:

  • 1) La existencia de una resolución judicial o convenio aprobado judicialmente que establezca cualquier tipo de prestación económica a favor de un cónyuge y en favor del otro cónyuge o los hijos,
  • 2) El incumplimiento de la prestación económica durante dos meses consecutivos o cuatro meses no consecutivos y
  • 3) La posibilidad por parte de aquel a quien se ha impuesto la prestación económica de poder cumplir la misma.

El Juez achacó los impagos de nuestro cliente no a una voluntad del mismo de no pagar, sino a la imposibilidad de llevar a cabo el pago de la pensión debido a su precariedad económica, por cuanto solamente contaba con una ayuda de 426€ mínima para subsistir.

Os dejamos la Sentencia

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