Qué hacer en caso de abandono del hogar

Hablar sobre el abandono de hogar es un tema que requiere cuidado y dedicación: no toda acción que implique que alguien se vaya de casa es necesariamente un abandono. Por eso, conviene que entendamos los supuestos concretos en los que estamos ante un abandono tal y como nuestro ordenamiento jurídico lo define y, en estos casos, qué debemos hacer para poder afrontarlo y cómo podemos protegernos para no quedar desamparados.

Cuándo se considera abandono del hogar

Para saber cuándo se considera abandono de hogar es importante que observemos un requisito fundamental: el de la situación de desamparo. Durante la vigencia de una pareja, si una persona se va se casa, no implica que esté cometiendo un delito de abandono ni que esté originando uno de abandono de familia. Tiene que resultar como consecuencia de su acción lo que dispone el artículo 226 del Código Penal, esto es, que se deje de prestar la atención necesaria legalmente establecida para el sustento de sus descendientes, ascendientes o cónyuge, que se hallen necesitados. De aquí, podemos extraer las claves principales de lo que implica un abandono de hogar:

  • Un padre o una madre que se va y deja a sus hijos y al otro cónyuge en situación de necesidad, no solo económica, sino de atención y protección que influyen directamente en el bienestar personal y psicológico.
  • Un cónyuge se queda solo, atendiendo a los hijos sin poder hacerlo, pues no cuenta con ingresos, ya que el cónyuge que ha abandonado el domicilio conyugal era el sustento económico.
  • A pesar de que, justificada o injustificadamente, se suela hablar de abandono de hogar del padre, también la madre puede cometer delitos de abandono y la ley es igual para ambos.
  • La situación de desamparo hace nacer un derecho en el cónyuge que se queda con los hijos y necesitado de reclamar no solo para sus hijos menores de edad, sino también para él una pensión alimenticia.
  • El abandono del hogar tiene que ser consciente y manifiesto y por eso da lugar a que se pueda demandar la retirada de la patria potestad

A raíz de lo que hemos analizado, ¿significa esto que solo se considera abandono el abandono de hogar con hijos? Si la pareja no tiene hijos, no podemos olvidar que sí sigue quedando una persona en condición muy desfavorable y que hay que proteger. Por eso, será el juez el que pueda obligar mediante sentencia a pasar pensión compensatoria del cónyuge que abandona en beneficio del abandonado.

No será abandono de hogar:

  1. Si el cónyuge que queda en casa tras el abandono del otro no queda en situación de especial desamparo ni desprotección, pudiendo atender con solvencia las necesidades de la familia o de sí mismo.
  2. Si la huida del domicilio familiar ha sido originada por un cuadro de malos tratos. Incluso si el cónyuge abandonado queda en situación de desamparo.

Queda claro que el abandono de hogar será tal abandono y, por tanto, considerado como delito denunciable en caso de que se dejen de cumplir con los deberes de asistencia y de sustento. Por eso, por ejemplo, si pensamos en el abandono de hogar por infidelidad, no es hecho suficiente para considerar un abandono. Tienen que darse los requisitos exigidos por nuestra legislación.

También debemos ser muy cautelosos ante la posibilidad de contemplar un abandono de hogar llevando a los hijos: no es raro el caso en el que uno de los cónyuges se marche del domicilio conyugal ante una crisis y se marche con los niños. En estos casos, el paso siguiente es que este interponga una demanda de separación o divorcio en un plazo de treinta días. Si no lo hace, debemos asesorarnos urgentemente con profesionales adecuados para poder actuar ante esta situación, antes de proceder a interponer cualquier denuncia por abandono de hogar.

Cómo actuar cuando se produce un abandono del hogar

Ante una situación de abandono de hogar, se deben realizar una serie de pasos:

  • Informar del hecho a las autoridades. ¿Cuándo? Cuanto antes. Un abandono de hogar es mejor ponerlo en conocimiento en el momento exacto en el que se produce o, como mucho, en unos quince o treinta días desde que tuvo lugar (por si acaso el cónyuge que se ha ido pretende interponernos una demanda de divorcio). Acudiremos a la Policía Nacional, la Guardia Civil, el Juzgado de Guardia o el Juzgado de instrucción que corresponda. Este paso es imprescindible, ya que constará en la sentencia de separación o en un documento de notificación al Ministerio Fiscal en caso de haber menores implicados.
  • Interponer la denuncia por abandono de hogar ante los órganos citados anteriormente. Deben haber pasado dos meses consecutivos o cuatro alternos desde el abandono, es decir, desde que el cónyuge se fue y dejó de hacer frente a sus obligaciones.

El abandono de hogar es un tema complejo y delicado que requiere de la ayuda profesional y la atención personalizada que el equipo de profesionales de BFP Abogados puede ofrecerte. Te aseguramos que tu separación o divorcio serán lo menos traumáticos posible, contando con nuestro conocimiento, nuestra confianza y, sobre todo, con nuestro apoyo para garantizar tu tranquilidad y tu bienestar.


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